1858-10-22 r.d_3-001  Num. identificación 5-138
 Título Jueces de paz
 Materia Administración de Justicia
 Voces Jueces de paz, numero de plazas
 Texto Se dispone que en todos los pueblos que tengan Ayuntamientos, habrán Jueces de paz, según se prescribe en el Real decreto de 22 de Octubre de 1855.
 Tipo de Norma Real Decreto
 Fecha  22-10-1858
 Institución Gobierno
 Fuente La Gazeta
 Documento  Enlace
 Debate Parlamentario  Enlace