1931-11-03 Decreto, disponiendo que los Tribunales ordinarios sean los únicoe las demandas sobre divorcio y nulidad de matrimonio_Página_1  Num. identificación 34-5
 Título Competencia de los Tribunales ordinarios de las demandas de divorcio y nulidad del matrimonio
 Materia Registro Civil  y Matrimonio (Id. 34)
 Voces Tribunales, Ordinarios, Demandas de Divorcio y Nulidad
 Texto Se dispone que los Tribunales ordinarios sean los únicos para conocer,  con efectos civiles, de las demandas sobre divorcio y nulidad de matrimonio, cualquiera que sea la forma de celebración.
 Tipo de norma Decreto
 Fecha de disposición 03-11-1931
 Institución Gobierno
 Fuente Colección Legislativa de España
 Documento  Enlace
 Debate Parlamentario  Enlace